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	<title>Control de Contenidos &#124; Parental Controls &#187; Proteccion de Datos</title>
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		<title>Varios institutos expedientan a alumnos por colgar imágenes en la red</title>
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		<pubDate>Wed, 24 Mar 2010 10:15:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Control de Contenidos]]></category>
		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[El &#8220;ciberacoso&#8221; es una práctica cada día mas habitual en los centros educativos de la Comunitat Valenciana que afecta en su convivencia. Algunos estudiantes se divierten en las aulas, patios o pasillos de sus institutos grabando con el móvil a sus compañeros o profesores imágenes que luego cuelgan en las redes sociales para escarnio de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El &#8220;ciberacoso&#8221; es una práctica cada día mas habitual en los centros educativos de la Comunitat Valenciana que afecta en su convivencia. Algunos estudiantes se divierten en las aulas, patios o pasillos de sus institutos grabando con el móvil a sus compañeros o profesores imágenes que luego cuelgan en las redes sociales para escarnio de las víctimas. En ocasiones, son agresiones físicas, en otras, burlas o situaciones indecorosas. No se cortan.<br />
En el último informe sobre la convivencia en los centros educativos valencianos, correspondiente al 2009, se incluye el uso de las nuevas tecnologías como forma de violencia escolar. En 34 casos -en 2,4%- se produjeron difusión de imágenes y en otros 39 -2,7%-acoso mediante el envío de mensajes SMS.</p>
<p><span id="more-317"></span><br />
En Castelló, el Instituto Público Penyagolosa ha abierto expedientes contra alumnos por publicar en la red imágenes y comentarios injuriosos de otros jóvenes, según admitió el director, Josep Martí. El IES Sos Baynat ha abierto una investigación ante la posible existencia de imágenes de docentes. La dirección del IES Matilde Salvador resaltó que hace unas semanas una madre alertó sobre los comentarios que dirigían en la red contra su hija, y agregó que en otra ocasión un estudiante fue descubierto realizando grabaciones de vídeo dentro de clase. En el IES Haygón de Sant Vicent del Raspeig, en 2006, un profesor fue agredido por un estudiante, mientras otra alumna lo grababa. Son algunos ejemplos.<br />
Y eso, a pesar de que en los últimos años la Administración educativa se ha dotado de normas al respecto. El teléfono móvil no está prohibido pero sí su uso hasta el punto de que un profesor que vea a un escolar utilizándolo en clase se lo puede &#8220;requisar&#8221;.</p>
<p>&#8220;Cruzada&#8221; de la Agencia de Protección de Datos</p>
<p>La Agencia Española de Protección de Datos ha emprendido una &#8220;cruzada&#8221; contra la falta de privacidad en las redes sociales que campan por Internet. Su director, Artemi Rallo, admitió aseguró a Levante-EMV que esta problemática se ha focalizado en los institutos. Señaló que ha recibido 30 denuncias en los últimos meses contra dichas redes, y subrayó que la mayor parte de las mismas las han presentado profesores de Secundaria por la publicación de fotos suyas sin su autorización en la red.<br />
El director de la Agencia de Protección de Datos constató, así, cómo estudiantes de institutos se sirven de Internet para atizar a compañeros y docentes. Rallo recomendó a los centros que expliquen a los alumnos que estas conductas vulneran los derechos de la ciudadanía y, para ello, propuso que en la asignatura de informática se enseñe sobre los riesgos de Internet.</p>
<p>Noticia Completa en <a href="http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2010/03/24/institutos-expedientan-alumnos-colgar-imagenes-red/690239.html" target="_blank">levante-emv.com</a></p>
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		<title>Apostatar solicitar el derecho de cancelación</title>
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		<pubDate>Mon, 06 Apr 2009 11:42:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias Relacionadas]]></category>
		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Es necesaria la partida de bautismo?
No sólo no es necesaria, sino que está prohibido que la pidan. Según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, el legítimo derecho a oponerse a que la Iglesia tenga datos en el libro de bautismo y exigir que los supriman, sólo requiere solicitarlo por escrito documentando [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>¿Es necesaria la partida de bautismo?<br />
No sólo no es necesaria, sino que está prohibido que la pidan. Según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, el legítimo derecho a oponerse a que la Iglesia tenga datos en el libro de bautismo y exigir que los supriman, sólo requiere solicitarlo por escrito documentando nuestra identidad con una fotocopia del DNI. Cualquier requisito adicional impuesto por la Iglesia Católica es ilegal y puede ser denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos.<br />
¿Qué hay que hacer si además del bautismo también se ha hecho la confirmación y/o el matrimonio religioso?<br />
Además de enviar una carta a la parroquia del bautizo (y al correspondiente obispado/arzobispado) para que supriman los datos del libro de bautismos, también hay que enviar otra carta a la parroquia de la confirmación —y al correspondiente obispado/arzobispado— o a la parroquia de la boda —y al correspondiente obispado/arzobispado— para que también supriman esos datos del libro de confirmaciones y/o matrimonios.<br />
¿Afecta la apostasía al matrimonio?<br />
No. En España, el matrimonio es regulado por el Estado y se trata de una figura jurídica civil que no tiene nada que ver con la religión que profesan los contrayentes. Otra cosa es que, debido a la tradición, el Estado acepte los matrimonios religiosos también como civiles. Un matrimonio religioso siempre es notificado al Registro Civil y a partir de ese momento es cuando tiene validez legal.</p>
<p><span id="more-308"></span><br />
¿Se pueden realizar todos los trámites desde casa?<br />
Sí, a través de Internet. Es posible gracias al servicio de burofax de Correos, que permite enviar documentos en formato PDF a través de la Red. (http://www.correos.es/contenido/01P-EnviarDoc/04-BuroFax/01P04-BuroFax.asp).<br />
¿Cómo saber si realmente han suprimido los datos?<br />
Se puede saber si han realizado la anotación marginal en el libro parroquial ejerciendo lo que se llama Derecho de acceso. Para ello, se debe dirigir una carta de ejercicio de este derecho, junto con una fotocopia del DNI, a la parroquia correspondiente y ellos deben responder e indicar todos los datos que poseen, entre los cuales debe figurar la anotación marginal. Si pasados alrededor de dos meses desde que se envía la carta no hay respuesta, se puede presentar una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos para que sea ésta la que obligue a la parroquia a enviarte los datos.<br />
¿A dónde dirigir la carta de ejercicio del derecho de cancelación si el bautismo se hizo en dependencias militares?<br />
En el caso de que el bautizo fuera en dependencias militares, sólo se tiene que rellenar una carta de ejercicio del derecho de cancelación —dirigida al obispado/arzobispado del bautismo— y enviarla al Arzobispado Castrense, cuyos datos son: Arzobispado Castrense de España.Nuncio,13. 28005 Madrid.<br />
En el caso de que la reclamación ante la Agencia de Protección de Datos está pendiente de Resolución, ¿la sentencia del Tribunal Supremo implica que la Agencia desestimará mi reclamación?<br />
De momento, se desconoce la respuesta a esta pregunta. Todo depende de si alguien recurre la sentencia del Tribunal Supremo y de si la Agencia considera que la sentencia es o no firme —el TS no considera fichero los libros de bautismo, por lo que los ciudadanos no pueden negarse a aparecer en ellos—. Si la Agencia considera que la sentencia es firme, probablemente acate el contenido de la misma y, por tanto, empiece a partir de ahora a desestimar las reclamaciones presentadas en relación a la cancelación de los libros de bautismos.</p>
<p>Enlace|<a href="http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=445891" target="_blank">diariodeleon.es</a></p>
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		<title>Tuenti se comprometió con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)</title>
		<link>http://controldecontenidos.com/tuenti-se-comprometio-con-la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos-aepd/</link>
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		<pubDate>Fri, 03 Apr 2009 09:48:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[Tuenti se comprometió con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a implantar sistemas efectivos para limitar el acceso a su red de menores de 14 años, así como a depurar los perfiles actuales de quienes tengan esa edad, en un plazo de tres meses.El acuerdo se cerró, según informó en un comunicado AEPD, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tuenti se comprometió con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a implantar sistemas efectivos para limitar el acceso a su red de menores de 14 años, así como a depurar los perfiles actuales de quienes tengan esa edad, en un plazo de tres meses.El acuerdo se cerró, según informó en un comunicado AEPD, en un encuentro entre su director, Artemi Rallo, y el director de Comunicación de la red social, Ícaro Moyano, quienes establecieron los objetivos de los nuevos mecanismos con respecto a la edad de los usuarios, &#8220;una obligación legal&#8221;, como recordó Rallo.</p>
<p>En cuanto a la accesibilidad a los perfiles, la agencia confirmó que Tuenti no permite la &#8216;indexación&#8217; por parte de buscadores, aunque instó a la red a &#8220;reconsiderar&#8221; la opción de establecer una configuración por defecto del máximo grado de privacidad a los usuarios, como ya ha pedido a otras compañías.</p>
<p>Por otra parte, en relación con la cancelación de datos de los perfiles, Tuenti también se comprometió a proceder a la cancelación de todos los contenidos del perfil, incluidas fotografías, en el momento en el que se solicite la baja.</p>
<p><span id="more-305"></span></p>
<p>Finalmente, la AEPD reiteró la necesidad de &#8220;mejorar&#8221; la política informativa de Tuenti con sus usuarios, para que la información se &#8220;clara, y comprensible&#8221;. En este punto, el representante de la red confirmó que actualmente trabajan en ello y aseguró que &#8220;en ningún caso&#8221; el usuario cede los derechos en exclusiva a la compañía al aceptar las condiciones de uso, sino únicamente para el desarrollo del servicio.</p>
<p>La reunión se enmarcó en la ronda de contactos que la AEPD mantiene con representantes de las principales plataformas de redes sociales, para analizar las políticas de privacidad y los sistemas que ofrecen para garantizarla, así como para realizar recomendaciones para adecuar las prácticas a la normativa de protección de datos.</p>
<p> </p>
<p>Vía|<a href="http://www.lavanguardia.es/internet-y-tecnologia/noticias/20090402/53673118876/tuenti-se-compromete-a-crear-medidas-para-limitar-el-acceso-a-menores-de-14-anos.html" target="_blank">lavanguardia.es</a></p>
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		<title>El Ayuntamiento de Pozuelo sancionado por publicar datos de 204 vecinos</title>
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		<pubDate>Tue, 17 Mar 2009 11:02:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad considera que el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha cometido una &#8220;infracción muy grave&#8221; al publicar en Internet datos de carácter personal de los 204 vecinos que presentaron alegaciones a las ordenanzas municipales el año pasado.La resolución de la agencia responde a una denuncia del PSOE [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad considera que el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha cometido una &#8220;infracción muy grave&#8221; al publicar en Internet datos de carácter personal de los 204 vecinos que presentaron alegaciones a las ordenanzas municipales el año pasado.La resolución de la agencia responde a una denuncia del PSOE local que, junto a vecinos afectados, puso de manifiesto en julio de 2008 la aparición en la página web municipal de los nombres, apellidos, números de DNI y domicilio de los vecinos. Las alegaciones que realizaron los afectados se referían a los cambios introducidos en dos ordenanzas municipales que modificaban el régimen de acceso a las viviendas sociales municipales y regulaban las tasas de aparcamiento.</p>
<p><span id="more-303"></span></p>
<p>Tras ser desestimadas, el Ayuntamiento publicó los datos de estas personas sin tener en cuenta que podía suponer una vulneración de los derechos fundamentales.</p>
<p>Fuente|<a href="http://www.elpais.com/articulo/madrid/Sancionado/Ayuntamiento/Pozuelo/publicar/datos/204/vecinos/elpepiespmad/20090317elpmad_9/Tes" target="_blank">elpais.com</a></p>
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		<title>Absuelto un usuario por tener la WiFi abierta.</title>
		<link>http://controldecontenidos.com/absuelto-un-usuario-por-tener-la-wifi-abierta/</link>
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		<pubDate>Sat, 07 Feb 2009 19:12:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[WlanSecurity]]></category>

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		<description><![CDATA[La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto una denuncia por colgar en YouTube imágenes vejatorias, multando al titular de una dirección IP facilitada por Telefónica y absolviendo a otro usuario que alegó que tenía su red WiFi sin encriptar.
La AEPD inició su investigación al emitirse en televisión imágenes vejatorias de una persona que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto una denuncia por colgar en YouTube imágenes vejatorias, multando al titular de una <strong>dirección IP facilitada por Telefónica</strong> y absolviendo a otro usuario que alegó que tenía su red WiFi sin encriptar.</p>
<p>La AEPD inició su investigación al emitirse en televisión imágenes vejatorias de una persona que aparecían en varios vídeos colgados en YouTube. Los inspectores de la agencia se presentaron en la sede de Google España, que facilitó las direcciones IP desde donde se habían subido los vídeos. Con esta información, <strong>Telefónica identificó con nombres y apellidos a los titulares de las líneas ADSL</strong> que habían sido utilizadas para subir los contenidos.</p>
<p>Uno de los titulares admitió su culpabilidad, mostrándose arrepentido y pidiendo perdón. Para el, la AEPD ha dictado una multa de 1.500 euros. El otro de los implicados alegó &#8220;que su línea Wifi ADSL estaba desprotegida hasta el momento de recibir la solicitud de información de la Agencia Española de Protección de Datos, y que se encuentra desolado e indefenso ante el <strong>abuso anónimo de dicha línea ADSL</strong>. Según comunica por motivos técnicos no le fue posible proteger antes dicha línea ADSL. Manifiesta haber instalado un nuevo enrutador y espera que su línea sea ya segura.&#8221;</p>
<p>Por supuesto subir imágenes vejatorias de una persona a la red merece ser sancionado, pero en este caso hay varios detalles que nos llaman la atención:</p>
<ul>
<li><strong>Google proporcionó las IP</strong>s desde las que se utilizaron las dos cuentas de usuario de YouTube implicadas.</li>
<li><strong>Telefónica proporciono los datos personales</strong> completos de los titulares de las lineas que tenían asignadas las IPs en el momento de subir los videos.</li>
<li><strong>La AEPD es una autoridad pero no judicial</strong>. Según el <a href="http://derechoynormas.blogspot.com/2008/07/la-viga-propia-o-los-mtodos-de-la.html">abogado David Maeztu</a>, la IP es un dato de comunicaciones electrónicas cuya cesión requiere previa autorización judicial y por tanto la obtención de esta prueba podría ser ilícita.</li>
<li>Alegar que <strong>tu WiFi está abierta o que te la han <em>hackeado</em> puede exculparte</strong> si te has metido en un lío.</li>
</ul>
<p>Si aún sigues con tu red WiFi desprotegida o con WEP, te interesarán estos dos recursos:</p>
<ul>
<li><a href="http://bandaancha.eu/generador-claves-wifi">Generador de claves WiFi</a></li>
<li><a href="http://wiki.bandaancha.st/Cambiar_la_encriptaci%C3%B3n_WiFi_de_WEP_a_WPA_en_el_router_Zyxel_P660HW-D1">Cambiar la encriptación WiFi de WEP a WPA en el router Zyxel P660HW-D1 (router blanco de Telefónica)</a></li>
</ul>
<p><a href="https://www.agpd.es/portalweb/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2008/common/pdfs/PS-00479-2008_Resolucion-de-fecha-30-12-2008_Art-ii-culo-6.1-LOPD.pdf">Resolución de la AEPD</a>.</p>
<p><strong>Noticia original en</strong>: <a href="http://bandaancha.eu/articulo/6347/proteccion-datos-absuelve-usuario-tener-wifi-abierta">bandaancha.eu</a></p>
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		<item>
		<title>Detienen a universitario por publicar fotografias indiscretas de sus compañeras</title>
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		<pubDate>Sat, 05 Jul 2008 14:36:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Noticias Relacionadas]]></category>
		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[La policía recibió el reporte sobre el incidente el 25 de junio, luego de que una estudiante descubriera fotografías de ella misma y de otras compañeras en un sitio web. En la mañana siguiente, el hombre publicó otra cantidad de fotografías desde un cibercafé.
La policía logró localizarlo luego de rastrear la dirección IP (Protocolo de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p>La policía recibió el reporte sobre el incidente el 25 de junio, luego de que una estudiante descubriera fotografías de ella misma y de otras compañeras en un sitio web. En la mañana siguiente, el hombre publicó otra cantidad de fotografías desde un cibercafé.<br />
La policía logró localizarlo luego de rastrear la dirección IP (Protocolo de Internet) usada para cargar las fotos a la red.</p></blockquote>
<p> </p>
<p>Un estudiante de primer grado en una unviersidad en el sur de China fue detenido por tomar fotografías indiscretas de sus compañeras y publicarlas en Internet, informó la policía ayer miércoles.El novato, cuyo nombre se desconoce, era estudiante de la Universidad Pedagógica de Hainan, y es responsable de tomar 453 fotografías de un dormitorio de mujeres que se ubica frente al suyo, de las cuales publicó 287 en la red, según el oficial de policía Liao Xude, del buró de seguridad pública local.</p>
<p>Este incidente remite al escándalo de las fotografías con imágenes de contenido sexualmente explícito de las celebridades de Hong Kong, sucedido a principios del año, que llegaron pronto a los encabezados de los diarios y del ciberespacio.</p>
<p><span id="more-281"></span></p>
<p>Decenas de miles de cibernautas publicaron comentarios sobre este fotógrafo indiscreto en los principales sitios web de China, para denunciar el acto y solicitar un castigo contra él.</p>
<p>Un funcionario de seguridad de la universidad en la provincia de isleña meridional Hainan, de apellido Li, aseguró a Xinhua que el estudiante &#8220;lo hizo sólo por diversión y no esperaba que tuviera tal efecto.&#8221;</p>
<p>Li afirmó que 25 jóvenes universitarias fueron fotografiadas.</p>
<p>La policía recibió el reporte sobre el incidente el 25 de junio, luego de que una estudiante descubriera fotografías de ella misma y de otras compañeras en un sitio web. En la mañana siguiente, el hombre publicó otra cantidad de fotografías desde un cibercafé.<br />
La policía logró localizarlo luego de rastrear la dirección IP (Protocolo de Internet) usada para cargar las fotos a la red. El estudiante indiscreto se enfrentará a una detención de 5 a 10 días por infringir la privacidad.</p>
<p>La universidad había ofrecido previamente la cantidad de 20.000 yuanes, (cerca de 2.915 dólares) como recompensa a quien proporcionara pistas para localizar al agresor.</p>
<p>El 27 de enero, el actor hongkonés Edison Chen quedó expuesto en una serie de fotografías sexuales que aparecieron en la Internet. Se reportó que fueron copiadas por un empleado de una tienda de reparación de ordenadores de una laptop que se presume pertenecía al actor.</p>
<p>El 21 de febrero, Chen se disculpó públicamente y anunció su retiro de la industria de entretenimiento de Hong Kong.</p>
<p>Via|<a href="http://spanish.china.org.cn/society/txt/2008-07/03/content_15925248.htm" target="_blank">spanish.china.org.cn</a></p>
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		<title>historias clínicas de abortos se filtran en la Red a través de eMule</title>
		<link>http://controldecontenidos.com/historias-clinicas-de-abortos-se-filtran-en-la-red-a-traves-de-emule/</link>
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		<pubDate>Fri, 25 Apr 2008 10:55:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Noticias Relacionadas]]></category>
		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[Protección de Datos sanciona con 150.000 euros a un centro médico de Bilbao 
Descargarse música o películas desde el ordenador del trabajo a través de un programa de intercambio de archivos puede tener efectos trágicos y no calculados, causados por quien quizá sólo pretendía meter en su MP3 una canción de David Bisbal. Un error de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p>Protección de Datos sanciona con 150.000 euros a un centro médico de Bilbao </p></blockquote>
<p>Descargarse música o películas desde el ordenador del trabajo a través de un programa de intercambio de archivos puede tener efectos trágicos y no calculados, causados por quien quizá sólo pretendía meter en su MP3 una canción de David Bisbal. Un error de este tipo ha podido provocar que 11.300 historias clínicas, de ellas 4.000 de casos de aborto, acaben expuestos ante cualquier internauta.</p>
<p><span id="more-278"></span></p>
<p>El desconocimiento tecnológico de algún empleado de una clínica ginecológica pudo llevarle a poner a disposición del programa eMule (el más popular de intercambio de archivos entre particulares), y por lo tanto al alcance de millones de personas, todos estos datos, contenidos en una carpeta del disco duro de su ordenador. No se sabe con exactitud quién ha sido el culpable, ni las razones de la filtración, pero la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de sancionar a la clínica, el centro médico Lasaitasuna, en Bilbao, con 150.000 euros. Todavía están en plazo para recurrir la resolución.</p>
<p>Via|<a href="http://www.elpais.com/articulo/sociedad/4000/historias/clinicas/abortos/filtran/Red/traves/eMule/elpepusoc/20080425elpepisoc_3/Tes" target="_blank">elpais.com</a></p>
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		<title>Creó una &#039;web&#039; en la que publicó imágenes de contenido sexual de su anterior pareja sin su consentimiento</title>
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		<pubDate>Wed, 05 Mar 2008 10:03:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Noticias Relacionadas]]></category>
		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[Un tribunal penal de Milán ha condenado el martes a una pena de cárcel de 2 años y 4 meses a un hombre acusado de haber publicado en su sitio web decenas de fotos pornográficas de su ex novia y de haberlas difundido a través de 15.000 correos electrónicos a conocidos, compañeros y profesores de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Un tribunal penal de Milán ha condenado el martes a una pena de cárcel de 2 años y 4 meses a un hombre acusado de <strong>haber publicado en su sitio web decenas de fotos pornográficas de su ex novia y de haberlas difundido a través de 15.000 correos electrónicos a conocidos, compañeros y profesores de universidad.</strong></p>
<p>El hombre &#8211; que había también amenazado a la chica y a sus padres enviándole mensajes de texto intimidatorios e insultantes &#8211; creó un sitio web en el cual simulaba que su ex novia ofrecía prestaciones sexuales y juegos eróticos, incluyendo también el número de teléfono de la chica.<br />
<span id="more-274"></span><br />
&#8220;Había colgado un sitio web conteniendo el nombre y el año de nacimiento de la chica, fotos pornográficas que debían permanecer en la intimidad &#8211; no habiendo la chica consentido nunca que sean difundidas &#8211; en las que se indicaba el nombre, la edad, la dirección y se proponían juegos sexuales&#8221;, se lee en la acusación.</p>
<p>El sitio tenía tres vínculos con páginas web de la universidad en la que estudiaba la chica.</p>
<p>Via|<a target="_blank" href="http://www.elpais.com/articulo/internet/anos/carcel/mandar/15000/emails/fotos/porno/ex/elpeputec/20080304elpepunet_10/Tes">elpais.com</a></p>
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		<title>El Tribunal de la UE afirma que no hay obligación de revelar los datos personales</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Jan 2008 11:09:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) avaló ayer la legislación española que exime a las compañías proveedoras de acceso a internet de la obligación de facilitar los datos personales de sus clientes que intercambian música en la red. La sentencia constituye un duro revés para los productores de música en su estrategia [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) avaló ayer la legislación española que exime a las compañías proveedoras de acceso a internet de la obligación de facilitar los datos personales de sus clientes que intercambian música en la red. La sentencia constituye un duro revés para los productores de música en su estrategia de persecución judicial de los ciudadanos por intercambiar la música de sus discos a través de internet, ya que establece que la legislación europea no obliga a revelar esos datos personales en el marco de un procedimiento judicial civil de protección de los derechos de autor.<br />
El Tribunal de la UE se pronunció sobre esta materia a raíz de una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid. La asociación Productores de Música de España (Promusicae) había presentado una demanda en noviembre del 2005 ante el citado juzgado contra Telefónica para obligarle a revelar la identidad de determinados clientes a partir de la dirección de internet (IP, Internet Protocol) desde la que acceden y la fecha y hora de conexión.<br />
<span id="more-268"></span><br />
Promusicae argumentó que esas personas utilizaban en internet el programa de intercambio de archivos Kazaa, a través del cual daban acceso a otros internautas a las canciones almacenadas en su ordenador y copiaban también canciones de otros ordenadores. La asociación de productores justificó su demanda en que los derechos de explotación de las canciones que compartían esos internautas correspondían a los miembros de la asociación y por tanto planeaba iniciar un procedimiento judicial civil contra esos internautas.<br />
Telefónica rechazó las exigencias de Promusicae, amparándose en la ley española de servicios de la información y de comercio electrónico del 2002. Esta ley solo autoriza la transmisión de los datos personales en el marco de una investigación criminal o para salvaguardar la seguridad pública y la defensa nacional. El juzgado madrileño decidió entonces plantear el Tribunal de la UE si el derecho comunitario obliga a los estados a imponer el deber de comunicar los datos personales de los internautas en un procedimiento civil para proteger los derechos de autor.</p>
<p>PROPORCIONALIDAD<br />
El Tribunal de la UE concluyó que las excepciones previstas en las directivas sobre protección de datos son las medidas necesarias para la protección de los derechos y las libertades de otras personas. El tribunal optó por dejar en manos de cada Estado la interpretación de si entre esas excepciones se incluye el derecho a la propiedad intelectual en un procedimiento civil. Solo precisó que esa interpretación debe garantizar &#8220;un justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales&#8221;, debe evitar entrar &#8220;en conflicto&#8221; con los derechos fundamentales y debe basarse en &#8220;el principio de proporcionalidad&#8221;.</p>
<p>SIN OBLIGACIÓN<br />
No obstante, la sentencia establece con claridad que la legislación europea de protección de datos &#8220;no obliga&#8221; a los Estados miembros de la UE a imponer la obligación a las compañías de internet de comunicar los datos personales de sus clientes en el caso de un proceso sobre protección de derechos de autor, aunque no excluya totalmente esa posibilidad.<br />
La sentencia precisa que las directivas europeas sobre propiedad intelectual &#8220;tampoco obligan a los Estados a imponer el deber de comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil para garantizar una protección efectiva de los derechos de autor&#8221;. Por ello, el Tribunal de la UE insistió en que los Estados deben &#8220;conciliar&#8221; las exigencias de la protección de los derechos de autor con la protección del respeto de la intimidad.</p>
<p>Via|<a target="_blank" href="http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&amp;idioma=CAS&amp;idnoticia_PK=478753&amp;idseccio_PK=1009">elperiodico.com</a></p>
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		<title>Protección de Datos perseguirá a los vecinos que pongan cámaras</title>
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		<pubDate>Sat, 28 Apr 2007 18:26:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Proteccion de Datos]]></category>

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		<description><![CDATA[España
El Gran Hermano que tienen pensado organizar algunos vecinos de Montera en las aceras de su calle no parece que vaya a contar con los permisos necesarios. La Agencia Española de Protección de Datos se pronunció ayer sobre el asunto. Y dijo que es ilegal. Así que se acabó el reality de prostitución callejera. &#8220;Filmar [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>España</p>
<p>El Gran Hermano que tienen pensado organizar algunos vecinos de Montera en las aceras de su calle no parece que vaya a contar con los permisos necesarios. La Agencia Española de Protección de Datos se pronunció ayer sobre el asunto. Y dijo que es ilegal. Así que se acabó el reality de prostitución callejera. &#8220;Filmar a terceras personas en la vía pública, a los efectos incluso de posterior inserción en una web, es ilegal&#8221;, advierte su director, Artemi Rallo.</p>
<p>Si finalmente el grupo Nuevos Vecinos de Montera decidiese grabar su calle y difundir las imágenes en la web de la que, dicen, tienen ya comprado el dominio, podrían enfrentarse a sanciones que van de 600 a 600.000 euros. Ellos insisten en que en la Red hay páginas de este estilo donde se muestran calles de varias ciudades del mundo. Señalan, incluso, las del Ayuntamiento de Madrid. Pero la legislación reguladora de la instalación de cámaras en espacio público se atribuye exclusivamente a las fuerzas y cuerpos de seguridad.<br />
<span id="more-176"></span><br />
Por otra parte, aunque la normativa contempla la instalación de videocámaras en viviendas, deben alcanzar a la vía pública sólo &#8220;de forma tangencial y con una mínima intervención sobre terceros&#8221;, como, por ejemplo, las cámaras instaladas en puertas de garajes. &#8220;Éste tampoco sería el caso, porque la intención declarada de los vecinos es captar imágenes externas y de terceros, y el principio de legitimidad que permitiría instalar una cámara de carácter privado no existe&#8221;, añadió Rallo.</p>
<p>La Asociación de Vecinos y Comerciantes de Montera se desmarca de la propuesta de la nueva agrupación. &#8220;Nosotros llevamos mucho tiempo detrás de hacer algo así de forma legal con el Ayuntamiento. Pero lo de las webcams en los balcones es ilegal. Estas personas no se han informado&#8221;, dice su presidente, César Torquemada. &#8220;Me parece mal que se grabe a cualquier persona de la calle. Aunque sean prostitutas, clientes o proxenetas. Nosotros queríamos que fueran cámaras de vigilancia de los comercios&#8221;, insiste.</p>
<p>Los promotores de la idea, que se definen como jóvenes de izquierda, no creen que las cámaras vulneren los derechos de los transeúntes.</p>
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